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RATIFICADO EL DESPIDO A UNA EMPLEADA QUE REALIZÓ SEXO ORAL DURANTE SU JORNADA LABORAL

RATIFICADO EL DESPIDO A UNA EMPLEADA QUE REALIZÓ SEXO ORAL DURANTE SU JORNADA LABORAL

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha ratificado el despido disciplinario de una empleada que fue captada por las cámaras de seguridad manteniendo una relación sexual con un compañero de trabajo en un pasillo de uso común dentro del centro logístico de El Corte Inglés en Valdemoro. El incidente ocurrió el 14 de junio de 2023 a las 06:05 horas, dentro del horario laboral de la trabajadora, que se extendía desde la medianoche hasta las 07:30 horas de la mañana. Formaba parte de Adecco Outsourcing S.A. desde diciembre de 2019 y se encargaba de realizar labores de preparación y envío de pedidos.

El acto sexual, una felación, tuvo lugar en una zona destinada al almacenamiento, utilizada habitualmente por otros empleados, aunque en ese momento se encontraba vacía. Los vigilantes de seguridad se dieron cuenta del incidente al revisar las cámaras por lo que procedieron a informar a la empresa. Así pues, la compañía argumentó que esta conducta suponía una infracción grave de la disciplina laboral y afectaba su imagen corporativa. La empleada admitió los hechos, pero consideró que la sanción era exagerada, alegando que solo interrumpió sus labores durante un tiempo estimado de 3 minutos y 38 segundos.

El fallo del TSJM dictaminó que la empleada había incurrido en una falta grave

El 15 de junio de 2023, la empresa procedió con su despido disciplinario al basarse en el artículo 57.13 del Convenio Colectivo del Sector de Grandes Almacenes, que condena la “transgresión de la buena fe contractual y el abuso de confianza en el desempeño del trabajo”. Esto resultó en que la trabajadora impugnase la medida y, en primera instancia, el Juzgado de lo Social n.º 07 de Madrid falló a su favor, declarando el despido improcedente.

La magistrada que llevó el caso restó gravedad a los hechos, señalando que las relaciones entre compañeros son habituales en el ámbito laboral. Ante este fallo, la empresa contratante presentó un recurso ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, argumentando que la empleada había incurrido en una falta grave al mantener la relación sexual en una zona de tránsito público y durante su horario de trabajo.

Por ello, el tribunal dictó la sentencia número 1086/2024-C el pasado 25 de noviembre, revocando el fallo anterior y avalando el despido. Los jueces dictaminaron que el modo de actuar de la trabajadora resultaba en una falta muy grave ya que acto sexual ocurrió en un espacio público, carente de privacidad, y dentro de su jornada laboral lo que resulta contrario al respeto exigido en la organización del trabajo.

Fuente: www.telecinco.es

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