Tribunal Supremo ratifica la obligación de usar corbata en verano a Vigilantes de Seguridad

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Tribunal Supremo ratifica la obligación de usar corbata en verano a Vigilantes de Seguridad

El Tribunal Supremo ha confirmado la exigencia de que los vigilantes de seguridad lleven corbata durante el verano porque no contraviene la normativa vigente.

En una decisión que ha generado amplio debate sobre las normativas de vestimenta laboral, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha emitido su veredicto en el caso número 27/2022, confirmando que la exigencia de llevar corbata por parte de los vigilantes de seguridad de El Corte Inglés durante el verano no contraviene la normativa vigente.

La sentencia núm. 457/2024, dictada el 12 de marzo de 2024, desestima el recurso de casación presentado por Alternativa Sindical de Trabajadores de Seguridad Privada contra Sicor Seguridad El Corte Inglés S.L., poniendo fin a un conflicto colectivo que había capturado la atención del sector de la seguridad privada y de la opinión pública.

El litigio se originó por una demanda de Alternativa Sindical de Trabajadores de Seguridad Privada, que argumentaba contra la obligación de portar corbata en verano, solicitando el reconocimiento del derecho de los trabajadores a no llevar esta prenda durante los meses estivales en los centros de trabajo de El Corte Inglés.

Sin embargo, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ya había desestimado la demanda en octubre de 2021, fallo que el sindicato decidió impugnar ante el Tribunal Supremo.

El tribunal, compuesto por los magistrados Sebastián Moralo, como presidente y ponente, María Luz García Paredes, Juan Molins Garcia-Atance e Ignacio Garcia-Perrote Escartín, argumenta que la decisión empresarial de exigir corbata forma parte de la política de uniformidad y está amparada por la Orden INT/318/2011 de 1 de febrero, que permite a las empresas de seguridad determinar la composición del uniforme en función de sus necesidades y las condiciones de trabajo.

Además, destaca que el acuerdo alcanzado entre SICOR y UGT en junio de 2021 ya contemplaba excepciones a esta norma por razones climatológicas o condiciones laborales específicas en ciertas dependencias.

Esta sentencia ha suscitado un amplio debate sobre los límites de las políticas de uniformidad en el lugar de trabajo y sus implicaciones en la dignidad y comodidad de los trabajadores.

El fallo del Tribunal Supremo es definitivo y no admite más recursos, estableciendo un precedente importante en la regulación de los códigos de vestimenta en el ámbito laboral, especialmente en sectores que requieren uniformidad.

 Fuente: confilegal.com

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