STSyS INFORMA: COMO DECIDE EL TRIBUNAL MÉDICO RECOMENDAR UNA PENSIÓN DE INCAPACIDAD PERMANENTE

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COMO DECIDE EL TRIBUNAL MÉDICO RECOMENDAR UNA PENSIÓN DE INCAPACIDAD PERMANENTE

De todas las fases de las que se compone el proceso de concesión de una pensión de incapacidad permanente, la visita al tribunal médico es la que genera mayor nerviosismo dentro de un proceso que ya de por sí provoca cierta incertidumbre en el aspirante a pensionista.

Para el trabajador puede ser el peor trago: la tensión del momento, esa sensación de sentirse juzgado, el nerviosismo…pero lo que debe saber es que, en primer, lugar, el tribunal médico no tiene la última palabra y, por lo tanto, no es la etapa definitiva del proceso: la decisión corresponde en última instancia al director provincial de la Seguridad Social, el encargado de conceder (o no) la pensión de incapacidad permanente.

Eso sí, tampoco se debe subestimar el papel del tribunal médico: su opinión no es vinculante pero sí supone un factor muy importante en el proceso de concesión de la pensión. Lo habitual es que lo marcado en el dictamen de sus miembros suela ser la decisión final.

En segundo lugar, lo que el trabajador debe saber es que el tribunal médico no busca oponerse a su intención de conseguir la pensión. Su labor es saber si tiene derecho a ella y todas sus preguntas y requerimientos va encaminados a esa única intención. En definitiva, que el ciudadano no tiene a un enemigo en el tribunal médico y sus miembros, solo un organismo que trata de saber si puede percibir la pensión y emitir un dictamen.

Qué tiene en cuenta el tribunal médico

Por eso resulta especialmente útil conocer qué es lo que lleva a este tribunal médico a dar el visto bueno (o no) a una pensión de incapacidad permanente, la premisa clara de sus miembros es esclarecer cómo afecta la dolencia o enfermedad del trabajador tanto a su vida laboral como a su vida cotidiana.

Para comprobarlo, los miembros del tribunal médico procederán a hacer todo tipo de preguntas al trabajador: sobre sus funciones en la empresa, sus actividades en casa, los problemas que le ha originado la enfermedad o dolencia…y, a pesar de que en ocasiones pueda ser violento, el trabajador no debe reaccionar de forma airada o con respuestas parcas. Esto, simplemente, le perjudicaría y dificultaría el proceso de investigación del tribunal.

También puede darse la circunstancia de que los miembros del tribunal médico pidan al trabajador que realice ante ellos alguna que otra maniobra o movimiento.  Tampoco debe sentirse agraviado el trabajador: es solo una forma de ver en directo cómo le afecta la enfermedad o dolencia fruto de la investigación en ejercicios muy concretos, algo que puede ser realmente útil para sus pesquisas.

Además, el tribunal médico tiene otras dos misiones en el momento de realizar sus pesquisas:

-Comprobar si el estado del trabajador le incapacita para cualquier trabajo o si le dejaría ejercer otras funciones: esto es mucho más importante de lo que parece, ya que de una cosa u otra dependerá el grado de la incapacidad permanente que se propondrá: en los grados parcial o total se puede compaginar el cobro de la pensión con funciones concretas.

-Saber si el trabajador tiene capacidad de mejora: también es clave porque puede determinar que, en el futuro, con nuevas revisiones se le rebaje la incapacidad permanente al trabajador e incluso se le pueda considerar recuperado. O que, incluso, se prolongue la incapacidad temporal en vista de que las perspectivas de mejora sean buenas y a corto o medio plazo.

Al salir del tribunal médico el trabajador debe saber que el proceso aún no ha acabado. El informe de sus miembros debe llegar a la Seguridad Social, que lo chequeará y comenzará una nueva fase, la de decisión sobre la futura pensión. La duración total de todo el proceso puede ser de hasta 135 días hábiles desde el envío de la solicitud por parte del trabajador.

Fuente: eleconomista.es

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